1) Introducci�n
1) INTRODUCCION
El desarrollo del proceso electoral obliga a poner en práctica todas las funciones juríridicas del Gobierno. La afirmación es válida cualesquiera sean las diferencias de detalle que el derecho comparado nos ofrezca en
materia de organización de dicho proceso.
a) La función legislativa. Es materia reservada a la Constitución, o al legislador en los países en que aún no ha alcanzado jerarquía constitucional, el establecer las reglas de juego de la
elección, es decir, el determinar quién puede elegir, quién puede ser electo, cuáles son las condiciones que deben llenar los candidatos, las inelegibilidades, las incompatiblidades, la jurisdicción dentro de la
cual se lleva a cabo la elección, las bases del sufragio, su carácter universal, secreto, obligatorio o voluntario.
Esta materia escapa a la potestad reglamentaria que debe otorgarse al organismo electoral que prepara el acto eleccionario, y a la competencia del órgano que debe juzgarla.
Los organismos electorales pueden reglamentar la elección pero esta facultad se limita a establecer la forma y el tiempo en que el cuerpo electoral debe expresar su voluntad. Extralimita su competencia el establecer las reglas de juego de
una elección, que deben ser preexistentes a ella y estar consagradas en disposiones de rango normativo superior.
b) La función administrativa.- La organización del proceso electoral requiere fundamentalmente el ejercicio de función administrativa que se traduce en el dictado de actos administrativos y mediante la
realización de operaciones materiales de ejecución. Esta función administrativa, que se aprecia en cualquier proceso electoral, independientemente de quien la cumpla, implica la realización de tareas básicas sin las
cuales el proceso electoral no puede llevarse a cabo: la organización, actualización y depuración de un Regsitro Electoral, la expedición de los documentos de identificación que permiten al elector acreditar su
identidad en el momento de ejercer, el sufragio, el registro de partidos y agrupaciones políticas. Ya en pleno desarrollo del proceso electoral es mediante el ejercicio de función administrativa que se llevan a acabo los actos previos,
concomitantes y posteriores a la elección.
c) La función jurisdiccional.- El ejercicio de esta función es también ineludible en todo proceso electoral. Se trata de una función que se ejerce en forma paralela a la función administrativa
analizada anteriormente. En el desarrollo del proceso electoral, tanto cuando se cumplen las tareas básicas como cuando se ejecutan los actos preparatorios, concomitantes y posteriores a la votación, se suscitan conflcitos, se promueven
contiendas, se formulan reclamaciones y esto hace imprescindible que exista un órgano con facultades jurisdiccionales que permita la resolución definitiva de esas contiendas con el carácter de cosa juzgada inherente al ejercicio
de la función jurisdiccional.
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